El objeto de este procedimiento es permitir la presentación electrónica de solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas única y exclusivamente a la dirección de la Escuela Politécnica Superior. Cualquier solicitud que no se aplique a este ámbito será desestimada.
Este procedimiento permite adjuntar en formato pdf los documentos que se necesiten presentar.
Según el artículo 10, apartado 3, de la normativa de evaluación de los aprendizajes aprobada en Consejo de Gobierno el 24 de Marzo de 2011 y modificada en Consejo de Gobierno de 5 de mayo de 2016:"Para acogerse a la evaluación final, el estudiante tendrá que solicitarlo por escrito al decano o director de centro en las dos primeras semanas de impartición de la asignatura, explicando las razones que le impiden seguir el sistema de evaluación continua. En el caso de aquellos estudiantes que por razones justificadas no tengan formalizada su matrícula en la fecha de inicio del curso o del periodo de impartición de la asignatura, el plazo indicado comenzará a computar desde su incorporación a la titulación. El decano o director de centro deberá valorar las circunstancias alegadas por el estudiante y tomar una decisión motivada. Transcurridos 15 días hábiles sin que el estudiante haya recibido respuesta expresa por escrito a su solicitud,se entenderá que ha sido estimada".
Datos personales y domicilio a efectos de notificaciones
Es imprescindible la cumplimentación de todos datos para tramitar la solicitud.
Datos relativos a la solicitud:
A) Asignaturas solicitadas
Debe indicar el código y nombre de la/s asignatura/s para las que renuncia al proceso de evaluación continua.
B) Razones para renunciar al proceso de evaluación continua
Según el artículo 10, apartado 2, de la normativa reguladora de los procesos de evaluación de los aprendizajes aprobada en Consejo de Gobierno el 24 de Marzo de 2011: “Entre otras, son causas que permiten acogerse a la evaluación final, sin perjuicio de que tengan que ser valoradas en cada caso concreto, la realización de prácticas presenciales, las obligaciones laborales, las obligaciones familiares, los motivos de salud y la discapacidad”. Seleccione en la solicitud todas las que considere oportunas, en caso de seleccionar otras, es necesario especificar la causa.
Documentos que ha de aportar:
Se deben aportar todos los documentos que se consideren oportunos y que justifiquen debidamente las razones por las que el alumno renuncia al proceso de evaluación continua.
No se atenderá ninguna solicitud que no esté debidamente justificada. El estudiante solamente podrá realizar una única solicitud. En caso de que se reciban más solicitudes, solo se considerará la primera.
Documentos que ha de aportar:
Sólo serán atendidas aquellas solicitudes debidamente justificadas. Las causas justificadas están reflejadas en la normativa de la Universidad de Alcalá, siendo estas prioritariamente:
Se desestimarán todas las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido (el cual se indicará debidamente en la web de la EPS). El estudiante solamente podrá realizar una única solicitud. En caso de que se reciban más solicitudes, solo se considerará la primera.
Gestión de la solicitud (del 22 de diciembre al 11 de enero de 2023 hasta las 13:59 h)
La solicitud se cursará en el plazo correspondiente a la convocatoria del curso en la que el estudiante reúna los requisitos establecidos en la normativa vigente para solicitar la compensación curricular (consultar Reglamento de Compensación Curricular de la Universidad de Alcalá (PDF)). El estudiante solamente podrá realizar una única solicitud. En caso de que se reciban más solicitudes, solo se considerará la primera.
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